Seguros y expedientes de siniestro
Un expediente se gana o se pierde en las primeras horas. Aquí está qué documentar, en qué orden y con qué plazos, con la norma citada por artículo y enlazada al BOE.
Esta sección trata de documentación, no de litigio. La diferencia importa: casi todo lo que decide un expediente ocurre antes de que nadie discuta nada, en las horas en que el daño todavía está como quedó y se puede fotografiar.
La parte legal se cita siempre con artículo concreto y enlace al texto consolidado en el BOE, porque en este terreno circulan muchas medias verdades. Los plazos de la Ley 50/1980 son varios y empiezan en momentos distintos, y confundirlos es lo que hace perder derechos que estaban ahí.
Lo que aquí no vas a encontrar es asesoramiento jurídico ni valoración de daños. TESTIGO no valora bienes, no interpreta pólizas y no interviene en la tramitación. Cada guía dice en qué punto hace falta alguien que sí pueda hacerlo.
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